En LECASER S.L. estamos firmemente comprometidos con la legalidad, la transparencia y la ética profesional. En cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, hemos implantado un Canal Interno de Información o Canal de Denuncias, que permite comunicar, de forma segura y confidencial, cualquier posible infracción normativa o conducta contraria a los principios que rigen nuestra actividad.
Este canal responde a nuestra obligación legal como empresa de más de 50 personas trabajadoras, y se enmarca dentro de nuestro compromiso con una cultura organizativa basada en la integridad, la responsabilidad y la mejora continua.
Su finalidad es ofrecer un medio eficaz para detectar, prevenir y corregir conductas irregulares, garantizando en todo momento la confidencialidad de la identidad del informante y la protección frente a posibles represalias. Todas las comunicaciones que se reciban serán tratadas con la máxima seriedad, garantizando una tramitación diligente, imparcial y respetuosa con los derechos de todas las partes implicadas.
A través de este canal puede informar sobre hechos o situaciones que puedan suponer un incumplimiento del ordenamiento jurídico o de las normas internas de la organización. El acceso está habilitado tanto para el personal interno como para terceras personas que tengan relación profesional o contractual con la empresa.
Este sistema refuerza nuestro compromiso con un entorno laboral íntegro y seguro, alineado con los principios de buen gobierno y cumplimiento normativo.
La persona designada como Responsable del Sistema Interno de Información y como Delegado/a de Protección de Datos (DPD) es:
CARLOS MUÑOZ MIRANDA
Abogado, Responsable del S.I.I. y DPD de LECASER S.L.
El correo electrónico habilitado para este particular es el siguiente: canaldenunciaslecaser@gmail.com
Al enviarnos una denuncia al correo electrónico habilitado para tal fin aceptas automáticamente los Términos y Política de Privacidad descritos. Dicha dirección de correo es única y exclusivamente gestionada por el órgano unipersonal formado por la persona anteriormente mencionada, quien se compromete a reconocer el derecho de confidencialidad tanto del informante o denunciante, como del resto de posibles implicados.
Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-4513
«La colaboración ciudadana resulta indispensable para la eficacia del Derecho. Tal colaboración no sólo se manifiesta en el correcto cumplimiento personal de las obligaciones que a cada uno corresponden, manifestación de la sujeción de todos los poderes públicos y de la ciudadanía a la Constitución Española y al resto del ordenamiento jurídico (artículo 9.1 de la Constitución Española), sino que también se extiende al compromiso colectivo con el buen funcionamiento de las instituciones públicas y privadas.»